Sicavs: mitos y realidades
MUNESH MELWANI, SOCIO-DIRECTOR GENERAL
25/04/2021
Con el falaz argumento de una más justa redistribución de la riqueza en nuestro país, el gobierno actual, no se sabe sin por desinformación, populismo o por soberbia, quiere darle la puntilla a este tipo de sociedades de inversión mediante una mayor vigilancia por parte de la Agencia Tributaria, si bien el control ha de ser de la CNMV como supervisor del funcionamiento de los mercados financieros y de los agentes que intervienen éstos, función que tiene encomendada desde hace décadas. En definitiva, se trata de constatar si cumplen las condiciones para considerarse instituciones de inversión colectiva (IIC’s).
Como consecuencia del caso judicial de una sicav que fue expulsada del registro de la CNMV en 2006 por escasa transparencia, parece ser que ahora el Tribunal Supremo toma cartas en el asunto y fijará la capacidad de la CNMV para determinar si una sicav tributa en el Impuesto sobre Sociedades al tipo reducido del 1% o al general del 25%. La sentencia final es la clave, pues determinará el poder real de la CNMV para asignar la consideración de sicav a efectos tributarios, si bien en realidad lo que se persigue es que sea Hacienda la que decida si una Sicav tribute como tal o no.
Este desaguisado entre autoridades competentes se ve agravado aún más con el régimen que está en trámite legislativo, pues la Ley Antifraude incluye una enmienda del partido socialista que endurece los requisitos para que las sicavs tributen al 1%. Para computar como uno de los 100 socios que exige la regulación sobre IIC’s, se exigirá a cada uno de ellos una inversión mínima de 2.500 euros. Ahora se los considera accionistas sea cual sea su participación, si bien lo habitual es que estos vehículos estén participados fundamentalmente por miembros de una misma familia más otros socios minoritarios. Adicionalmente, los socios de las sicavs tributan en el IRPF por las plusvalías una vez que venden, pero el gobierno quiere beneficiarles si liquidan y disuelven la sicav antes de finales de 2022, no tributando si reinvierten su dinero en fondos de inversión.
Seguramente, habrá un plazo transitorio para que los accionistas de estos vehículos puedan adaptarse a la nueva regulación, pero estos antecedentes han hecho que el número de sicavs se haya reducido drásticamente desde su máximo apogeo en 2015, pasando de 3.409 sociedades a 2.434 a finales de 2020 (niveles de hace casi 20 años), recudiéndose su patrimonio en un 19%, de 34.082 millones de euros a 27.600 millones.
Entre las salidas/soluciones están las siguientes: (i) Disolución y liquidación de la sociedad, (ii) Convertirse en fondo de inversión, (iii) Transformarse en sicav luxemburguesa y (iv) Transformarse en S.A. o S.L. ordinaria y tributar al tipo general. La decisión dependerá de varios factores, como el patrimonio, el número de accionistas, y especialmente, el nivel de plusvalías acumuladas. Irse a Luxemburgo, por ejemplo, compensará cuando la sicav es de un tamaño razonable, se acumulan muchas plusvalías históricas y no se requiere inmediatez, pues el traslado cuesta dinero y tiempo. Son los despachos legales especializados y auditores los que realmente asesoran estos movimientos corporativos.
No obstante, lo anterior, aunque muchos no lo sepan, invertir en una sicav está al alcance de cualquier bolsillo. Las ventajas frente a los fondos de inversión radican básicamente en que (i) permiten crear una estrategia de inversión “a la medida” de los promotores, acorde a sus necesidades y objetivos; (ii) además, cotizan en bolsa (MaB) con lo que se pueden comprar y vender en cualquier momento; (iii) las comisiones de gestión son menores generalmente. Desde el punto de vista fiscal ambas figuras son iguales, esto es, los beneficios obtenidos por estos vehículos de inversión tributan al 1% en el Impuesto de Sociedades. Los accionistas (sicavs) o partícipes (fondos) tributan las plusvalías al tipo del IRPF que le corresponda cuando vendan/reembolsen bajo el tratamiento de ganancias patrimoniales en la base imponible del ahorro. Por tanto, fácil acceso para todo inversor y misma tributación que los fondos (a excepción del tema de traspasos entre éstos, dado que en las sicavs han de tener más de 500 accionistas). Cualquiera puede ser accionista de sicavs como las de César Alierta, Alicia Koplowitz, Ram Bhavnani o Alberto Palatchi, que están bien gestionadas ¿por qué no serlo?
Lo más surrealista es que la inmensa mayoría de los más de 35.000 fondos de inversión comercializados por la banca en España cuelgan de sicavs domiciliadas en Luxemburgo o Dublín…estando en Europa la figura más que arraigada y consolidada desde hace muchos años, sin cuestionamiento alguno e incluso con tributación más reducida que en España en algunos casos. Por razones de Estado, se debiera evitar la fuga de capitales a otros destinos y la destrucción de empleo que conllevaría arruinar este fantástico vehículo de inversión.
El río está revuelto y veremos cómo termina todo esto; si bien nos sabemos si será en esta legislatura, conviene estar alerta y tener un plan trazado. Asesórense bien.